LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA A TRAVÉS DE SU FALLO, TAMBIÉN DIJO: LOS GLACIARES ¡ NO SE TOCAN !
03-07-12 Comunicado de Prensa
Conciencia Solidaria comparte la profunda alegría surgida a partir del fallo histórico de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por el cual revocó las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la Ley 26.639, de Presupuesto Mínimos para la protección de Glaciares y Ambiente Periglacial.
Estas medidas cautelares, dictadas por la Justicia Federal de San Juan, habían sido solicitadas por las empresas Barrick Exploraciones Argentina SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA y suspendían la aplicación de seis artículos de la mencionada norma, para el emprendimiento minero Pascua Lama:
el artículo 2 sobre definición de glaciar; el artículo 3 que creaba el Inventario Nacional de Glaciares y el artículo 5 sobre la realización de ese inventario; el artículo 6 que prohibía actividades que pudieran destruir glaciares; el Artículo 7 sobre obligación de realizar estudios de impacto ambiental, y la disposición transitoria que establece la obligación de presentar un cronograma para la ejecución del inventario y la obligación de someter a las actividades en ejecución -al momento de la sanción de la ley- a una auditoría ambiental (Artículo 15).
La Corte cuestionó al juzgado federal de San Juan sosteniendo que no se advierte cuáles son los “efectos irreparables” en los intereses de las empresas que advirtió el juez para suspender la aplicación de un régimen jurídico que busca preservar a los glaciares y al ambiente periglacial, como reserva estratégica de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura y como proveedores de agua para recarga de cuencas hidrográficas, informó DyN.
El fallo, firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Santiago Petracchi y Juan Carlos Maqueda, consideró que la cautelar del juzgado de San Juan “no aparece como un remedio proporcionado a la naturaleza y relevancia de la hipotética ilegitimidad que se denuncia”.
“Celebramos este fallo de la Corte Suprema de Justicia que permite la aplicación de esta Ley, y con ella la real protección de los reservorios de agua pura, limitando la actividad destructiva y contaminante de la megaminería a cielo abierto. Luego de ser aprobada en por el Congreso Nacional en octubre de 2010 fue frenada por intereses mezquinos y recién ahora es puesta en vigencia en su totalidad. Esperamos que los organismos estalales encargados de poner en marcha su operatoria estén a la altura de las circunstancias y obren con la mayor celeridad, considerando que es urgente preservar estas áreas vitales”, manifestó Mariela Silvestein, presidente de Conciencia Solidaria.
Sandra Gioia
Coordinadora de Prensa de Conciencia Solidaria
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